No se pueden estar quietos
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https://www.larazon.es/economia/cambia-iva-alimentos-prorrogan-rebajas-septiembre-pero-subira-parcialmente-octubre-diciembre_20240625667aaab10930520001889570.html#:~:text=El%20IVA%20de%20los%20alimentos%20exentos%20pasar%C3%A1%20al%202%25%20en,desde%20el%201%20de%20julio
Tipo 2% , recargo 0,26%
Tipo 7,5%, recargo 1,00%
Dos.
Con efectos desde el 1 de octubre de 2024 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024:
1. Se aplicará el tipo del 7,5 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos: a) Los aceites de semillas. b) Las pastas alimenticias.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 1 por ciento.
2. Se aplicará el tipo del 2 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos: a) El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común. b) Las harinas panificables. c) Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo. d) Los quesos. e) Los huevos. f) Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo. g) Los aceites de oliva.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,26 por ciento.